Aunque también hay diferencias significativas entre
un monarca hegeliano y un presidente representativo elegido democráticamente,
especialmente en lo que respecta a la apelación.
pero en sus funciones esenciales:
- 1. representación del Estado, y
- 2. La aplicación formal de las leyes,
¡Así que ambos no deben ejercer el poder político en el estado!
más bien, está ligado al contenido concreto de las consultas,
y cuando la constitución es firme, a menudo no tiene nada más que hacer,
que firmar su nombre.
Pero este nombre es importante.
es el pico que no puede ser pasado por alto..."
Hegel PR §279 Adición
y sólo se necesita una persona para decir "sí" a un monarca.
y poner el punto en la I,
porque la punta debería ser así,
que la peculiaridad del personaje no es lo importante...
En una monarquía bien ordenada [estado constitucional]
la ley sólo tiene el lado objetivo,
a la que el monarca sólo tiene que añadir el "sí quiero" subjetivo.
Hegel PR § 280 Adición